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Certificado acreditativo individual de necesidad de desplazamiento por motivos laborales. COVID-19

Estimados clientes,

Les comunicamos que si tienen que asistir a sus puestos de trabajo siempre y cuando no exista la opción del teletrabajo, como consecuencia de las medidas adoptadas por el Gobierno tras la declaración del Estado de Alarma, es recomendable que cuenten con un certificado acreditativo individual de necesidad de desplazamiento personal por motivos laborales.

De este modo, los trabajadores y autónomos que sigan teniendo la obligación de trasladarse a un centro de trabajo para desarrollar su actividad laboral, es recomendable que estén en posesión del certificado que justifique la necesidad de acudir presencialmente a su puesto de trabajo. Se trata de una especie de salvoconducto que deberá ser presentado cuando se le requiera para evitar sanciones o multas por parte de las autoridades competentes.

 

RECORDATORIO DE LAS MEDIDAS TOMADAS POR EL GOBIERNO ANTE EL ESTADO DE ALARMA.

Prohibición de circulación de las personas por las vías de uso público, salvo para la realización de alguna de las siguientes actividades:

 

  1. Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  3. Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
  7. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  8. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
  9. Tránsito por la vía pública, respetando un metro de distancia entre persona y persona, para realizar cualquiera de las actividades anteriores y siempre de manera individual. No se podrá salir a la calle a realizar ninguna de las actividades permitidas en grupo, salvo que sea para acompañar a personas dependientes.

Continuaremos informándoles de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno.

 

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